LA CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES ANTE LA POLICÍA NACIONAL

Oct 30, 2023 | CANCELACIÓN ANTECEDENTES

Coche de Policia Nacional

A pesar de que la eliminación de los antecedentes del fichero policial debería ser automática transcurrido un tiempo máximo de 5 años, es habitual que solo se de inicio al procedimiento mediando solicitud del interesado. Dicha solitud podrá realizarse en modalidad telemática, accediendo con un certificado electrónico a la sede electrónica de la Dirección Nacional de Policía o de forma presencial en cualquier Comisaría de Policía, Registros de la Policía Nacional o en el Archivo Central de la Policía o en cualquiera de los registros públicos a que se refiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ABOGADO ESPECIALISTA EN CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES

 

os antecedentes policiales son todos aquellos relativos a toda la información que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado recaban en el ejercicio de sus funciones de prevención e investigación de delitos. Estos quedan recogidos en el fichero de gestión de los antecedentes de personas de interés policial (PERPOL) y pueden tener implicaciones negativas para quien figura en él. Por este motivo existe el derecho a que, transcurrido un tiempo determinado, la persona pueda solicitar la supresión de sus datos del fichero PERPOL.

Con base en el artículo 18.4 de la Constitución Española, que reconoce el derecho fundamental a la protección de datos, el artículo 23 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, recoge expresamente el derecho del interesado a la supresión de sus datos personales, habilitándose un procedimiento en el ámbito del Ministerio de Interior para que este pueda hacer efectivo los derechos que se le reconocen. 

A pesar de que la eliminación de los antecedentes del fichero policial debería ser automática transcurrido un tiempo máximo de 5 años, es habitual que solo se de inicio al procedimiento mediando solicitud del interesado. Dicha solitud podrá realizarse en modalidad telemática, accediendo con un certificado electrónico a la sede electrónica de la Dirección Nacional de Policía o de forma presencial en cualquier Comisaría de Policía, Registros de la Policía Nacional o en el Archivo Central de la Policía o en cualquiera de los registros públicos a que se refiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de ser presentada por persona distinta a aquella cuyos datos se presenten eliminar ha de existir un poder específico de representación.

En la solicitud de supresión se deberá indicar a qué datos se refiere y aportar los documentos acreditativos de la petición, como pueden ser:

  • Certificaciones judiciales o copias compulsadas de las mismas, que acrediten la firmeza de las resoluciones y finalización de los procedimientos respecto a los antecedentes que se desean suprimir.
  • Certificaciones administrativas o copias compulsadas de las mismas, que acrediten el pago efectivo de la multa o estar exento de responsabilidad por los hechos que motivaron los antecedentes.
  • Autorización para obtener el Certificado de antecedentes penales en el Registro Central de Penados y Rebeldes.

La petición de supresión de datos del fichero para la gestión de antecedentes de las personas de interés policial se resolverá en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud. Transcurrido este tiempo sin respuesta alguna ha de entenderse desestimada la solicitud.

Al igual que la Policía Nacional, la Guardia Civil cuenta con un fichero de idéntica finalidad, llamado INTPOL, que dispone de otro procedimiento similar ante de la Dirección General de la Guardia Civil cuando los datos hayan sido recabados por agentes de este cuerpo.

 Por ello, a modo de conclusión, podemos decir que para poder eliminar los antecedentes policiales ante la Policía Nacional debemos de cumplir dos requisitos distintos:

 

  • En caso de haber tenido una sentencia absolutoria ante el Juzgado de lo Penal o un Auto de sobreseimiento y archivo ante el Juzgado de Instrucción, deberemos aportar copia testimoniada de dicho documento judicial y de su firmeza, puesto que si ha sido recurrido por la parte contraria o el Ministerio Fiscal no podremos cancelar los antecedentes policiales ante la Policía Nacional. 
  • En caso de haber resultado condenados, en primer lugar, deberemos cancelar los antecedentes penales y después solicitar la cancelación de los antecedentes policiales.  
Perfil del abogado Félix Fernández

Escrito por Félix Fernández

Copyright © 2024Felix Fernandez Abogado Penalista

5 Comentarios

  1. Anónimo

    Hola vosotros cancelais antecedentes policiales de la Policia Nacional en Granada?

    Responder
    • Félix Fernández

      Si. Podemos cancelar los antecedentes policiales de la Policia Nacional en Granada y en cualquier ciudad de España

      Responder
      • Yasir

        Bienvenido,
        ¿Es posible que después de 19 años cualquier archivo de antecedentes policiales aquí en España se borre automáticamente?
        Gracias.

        Responder
        • Félix Fernández

          Hola. No es posible, siempre habrá que solicitarlo.

          Responder
  2. Gerardo

    Por favor una duda que tengo: Una persona por la comisión de un delito le impusieron una pena de 3 años de privación de libertad y además una multa (no recuerdo la cantidad), al cumplir la pena de tres años, se declaró insolvente y el pago de la multa fueron 28 días más en prisión. El tema ahora es el sgte:¿para cancelar su antecedente debe esperar a los tres años o la suma de esos 28 días, hace que tenga que esperar a los cinco años? Muchas gracias

    Responder

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