REGULACIÓN DEL TRÁFICO DE DROGAS EN BÉLGICA, HOLANDA Y REINO UNIDO

Existe una disposición marco del Consejo de la Unión Europea, a la que atienden las legislaciones nacionales de Bélgica y Holanda, sobre los elementos constitutivos de los delitos y sus penas aplicables en el ámbito del tráfico ilícito de drogas. Su artículo 4º, relativo a las sanciones, establece que “Cada uno de los Estados miembros adoptará las medidas necesarias para garantizar que los delitos de tráfico de drogas se castiguen con penas de entre cinco a diez años de privación de libertad, en cada uno de los siguientes casos: 

 

  1. a) que el delito esté relacionado con grandes cantidades de drogas;  
  1. b) que el delito, o bien esté relacionado con las drogas más perjudiciales para la salud, o bien provoque daños importantes a la salud de muchas personas”.                         

Tanto en Bélgica y Holanda como en Reino Unido se aplica la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y la cooperación judicial (Europol, Eurojust, Interpol) y tratados de extradición pueden influir en qué país asume el proceso penal. En este sentido se diferencia entre el país de origen, el de destino y los de tránsito si los hubiera, y se aplica como norma general la legislación del Estado en el que se incauta.

 

REGULACIÓN EN BÉLGICA

 

(Loi concernant le trafic des substances vénéneuses, soporifiques, stupéfiantes, psychotropes, désinfectantes ou antiseptiques et des substances pouvant servir à la fabrication illicite de substances stupéfiantes et psychotropes

 

Las penas van de los 3 meses hasta 5 años de prisión. La legislación belga no diferencia entre drogas “blandas” y “duras”, que puedan causar grave daño para la salud, pero existen agravantes específicas.

 

Artículo 1

 

El Rey puede regular y supervisar, en interés de la higiene y de la salud pública, la importación, exportación, tránsito, fabricación, conservación, es decir, el almacenamiento en las condiciones requeridas, el etiquetado, el transporte, la posesión, la intermediación, la venta y la oferta de venta, la prescripción, la dispensación y la adquisición, ya sea a título oneroso o gratuito, de sustancias venenosas, soporíferas, estupefacientes, desinfectantes o antisépticas, así como el cultivo de plantas de las cuales puedan extraerse dichas sustancias.

El Rey tiene los mismos poderes en lo que respecta a las sustancias psicotrópicas, distintas de las sustancias estupefacientes y soporíferas, que puedan generar dependencia.

El Rey también puede ejercer los mismos poderes en lo que concierne a sustancias que puedan servir para la fabricación ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

Art. 2 bis § 2

 

Las infracciones mencionadas en el § 1 serán castigadas con prisión de cinco a diez años si:

  1. a) Se han cometido contra un menor de 16 años cumplidos;
    b) El consumo de las sustancias especificadas en el § 1, como consecuencia de las infracciones, ha causado a otra persona:
  • Una enfermedad que parezca incurable,
  • Una incapacidad para el trabajo personal superior a cuatro meses,
  • La pérdida absoluta del uso de un órgano,
  • Una mutilación grave.

§ 3 Las infracciones mencionadas en el § 1 serán castigadas con prisión de diez a quince años si:
a) Se han cometido contra un niño mayor de 12 años y menor de 16 años;

b) Constituyen actos de participación en la actividad principal o accesoria de una asociación;

c) El consumo de las sustancias especificadas en el § 1, como consecuencia de las infracciones, ha causado la muerte.

§ 4 Las infracciones mencionadas en el § 1 serán castigadas con prisión de quince a veinte años si:
a) Se han cometido contra un niño menor de 12 años; 

b) Constituyen actos de participación en calidad de dirigente en la actividad principal o accesoria de una asociación.

  1. c) Uso de aeronaves.

§ 5 En los casos previstos en los §§ 2, 3, 4 y 6, también podrá imponerse una multa de 1.000 a 100.000 euros.§ 6 Serán castigados con las penas previstas en el presente artículo, y según las distinciones que en él se hacen, aquellos que, a título oneroso o gratuito, realicen actos preparatorios con el objetivo de fabricar, vender, entregar o suministrar ilícitamente una sustancia mencionada en el § 1, o con el objetivo de cultivar plantas de las cuales puedan extraerse dichas sustancias.

 

Artículo 4

Sin perjuicio de la aplicación de los artículos 42 y 43 del Código Penal, el juez podrá ordenar la confiscación de los vehículos, dispositivos, instrumentos o bienes que hayan sido utilizados o destinados para cometer las infracciones previstas en los artículos (2, 2°, 2bis, 2quater y 3) o que hayan sido objeto de dichas infracciones, incluso si no son propiedad del condenado.

 

Artículo 5

 

En caso de reincidencia dentro de un plazo de cinco años después de una condena por una infracción a la presente ley o a los decretos dictados en su ejecución, las penas correccionales (son un tipo de pena menor) podrán duplicarse y las penas criminales podrán aumentarse conforme al artículo 54 del Código Penal.

 

REGULACIÓN EN HOLANDA

 

La legislación relativa al tráfico de drogas hace la distinción entre las drogas duras y las drogas blandas. La importación y la exportación de drogas duras se castiga con hasta 12 años de prisión y la venta, transporte o fabricación de las sustancias psicotrópicas ligadas a drogas duras está penada con hasta 8 años de prisión.

 

La Opiumwet (Ley del Opio) clasifica las sustancias en dos listas:

 

  • Lista I (drogas duras): incluye heroína, cocaína, éxtasis (MDMA), metanfetaminas y LSD.
  • Lista II (drogas blandas): incluye cannabis y algunos medicamentos con sustancias psicoactivas.

 

Art. 2 Se prohíbe utilizar una sustancia contemplada en la Lista I anexa a la presente Ley o designada de conformidad con el artículo 3a, párrafo quinto :

  • A. introducir o sacar del territorio de los Países Bajos;
  • B. cultivar, preparar, procesar, vender, entregar, suministrar o transportar;
  • C. poseer;
  • D. fabricar.

Art. 3 Se prohíbe utilizar una sustancia contemplada en la Lista II anexa a la presente Ley o designada de conformidad con el artículo 3a, párrafo quinto :

  • A. introducir o sacar del territorio de los Países Bajos;
  • B. cultivar, preparar, procesar, transformar, vender, entregar, suministrar o transportar;
  • C. poseer;
  • D. fabricar.

PENAS 

El que actúa en contra de una prohibición prevista en el artículo 2 (Lista I-duras), en el primer párrafo del artículo 3b (Lista II), o en el tercer párrafo del artículo 4 será castigado con pena de prisión de no más de seis meses o multa de cuarta categoría.

 

El que intencionalmente actúe en contra de la prohibición establecida en el artículo 2, inciso C (posesión), será castigado con la pena de prisión de hasta seis años o multa de quinta categoría.

 

El que intencionalmente actúe en contra de la prohibición establecida en el artículo 2, inciso B o D (cultivo, fabricación), será castigado con la pena de prisión de hasta ocho años o multa de quinta categoría.

 

Cualquier persona que intencionalmente actúe en contra de una prohibición dada en el artículo 2, inciso A (importación O EXPORTACIÓN), será castigada con una pena de prisión de no más de doce años o una multa de quinta categoría (la más alta del sistema penal holandés).

 

No se impondrá responsabilidad penal a quien cometa los actos descritos en el primer párrafo en relación con la introducción o salida del territorio de los Países Bajos de una pequeña cantidad destinada al consumo personal.

 

PENAS PARA LISTA II

 

Art 11 Quien actúe contrariamente a una prohibición establecida en el artículo 3 será castigado con pena de prisión de hasta un mes o multa de segunda categoría.

Quien actúe intencionalmente en contra de una prohibición dada en el artículo 3, puntos B, C o D, será castigado con pena de prisión de no más de dos años o multa de cuarta categoría.

El que, en el ejercicio de una profesión o negocio, actúe intencionalmente con violación de una prohibición dada en el artículo 3, inciso B , será castigado con pena de prisión de hasta seis años o multa de quinta categoría.

 

Cualquier persona que actúe intencionalmente en contra de una prohibición dada en el artículo 3, inciso A, será castigada con una pena de prisión de no más de cuatro años o una multa de quinta categoría.

 

Si un acto como el mencionado en el párrafo segundo o cuarto se refiere a una gran cantidad de una sustancia, se impondrá una pena de prisión de hasta seis años o una multa de la quinta categoría. Una gran cantidad se define como una cantidad que excede la cantidad de una sustancia determinada por una medida administrativa general.

 

El segundo párrafo no se aplica si el acto se refiere a una cantidad de cáñamo o hachís no superior a 30 gramos.

 

Los párrafos segundo y cuarto no se aplicarán si la infracción se refiere a una pequeña cantidad, destinada al uso personal, de las sustancias enumeradas en la lista II , con excepción del cáñamo y el hachís.

 

REGULACIÓN EN REINO UNIDO

Misuse of Drugs Act 1971

  1. Clasificación de las drogas:
    • Clase A: Drogas consideradas las más peligrosas. Incluye heroína, cocaína, éxtasis (MDMA), LSD y metanfetamina. El tráfico, suministro, posesión con intención de distribuir y producción de estas drogas conlleva las penas más severas.
    • Clase B: Drogas de menor peligrosidad que las de Clase A, como el cannabis, la anfetamina y ciertos analgésicos. El tráfico de estas drogas conlleva penas más leves que para las de Clase A, pero siguen siendo graves.
    • Clase C: Drogas consideradas menos peligrosas, como algunos tranquilizantes y medicamentos para la ansiedad. Aunque las sanciones son más suaves, el tráfico de estas sustancias sigue siendo un delito.

 

El contrabando de drogas también está cubierto por otras leyes relacionadas con el crimen organizado y el contrabando, como el Serious Crime Act 2015 y otras leyes de narcotráfico internacional que implican a las autoridades del Reino Unido en la cooperación internacional con agencias de otros países.

 

Tráfico y suministro: El suministro y tráfico de cualquier droga ilegal, ya sea de Clase A, B o C, es un delito grave.

 

Posesión: La posesión de cualquier droga de Clase A es un delito que puede resultar en hasta 7 años de prisión, una multa, o ambas. Para las drogas de Clase B y C, las penas son más bajas, pero igualmente severas.

 

 

Fabricación y producción: La fabricación de drogas, como la producción de cannabis en interiores o la fabricación de éxtasis, es igualmente penalizada bajo la ley. Las penas de prisión y las multas dependen de la clasificación de la droga y la gravedad del delito. Por ejemplo:

 

  • Clase A: Hasta life imprisonment (cadena perpetua) y/o multas por tráfico y suministro.
  • Clase B: Hasta 5 años de prisión y/o multas.
  • Clase C: Hasta 2 años de prisión y/o multas.

 

The Psychoactive Substances Act 2016: Regula el uso, producción y suministro de sustancias psicoactivas (no necesariamente drogas tradicionales). Esta ley prohíbe la fabricación, distribución y venta de sustancias diseñadas para inducir efectos psicoactivos, aunque no estén clasificadas específicamente como drogas en la Misuse of Drugs Act 1971.

 

The Serious Act Crime 2015: Participación en una organización criminal (part 3)

 

Esta sección establece que es un delito ser parte de una organización criminal. Aunque no se menciona específicamente el narcotráfico, el tráfico de drogas es uno de los crímenes más comunes asociados con el crimen organizado. Si una persona participa activamente en una organización criminal dedicada al narcotráfico, puede ser procesada bajo esta sección, que establece penas de hasta 5 años de prisión.

 

Para este propósito, una persona participa en las actividades criminales de un grupo de crimen organizado si la persona toma parte en cualquier actividad que la persona sepa o sospeche razonablemente que:

(a) son actividades criminales de un grupo de crimen organizado, o

(b) ayudará a un grupo de crimen organizado a continuar con actividades criminales.

 

(3) «Actividades criminales» son actividades dentro de los apartados (4) o (5) que se llevan a cabo con el fin de obtener (directa o indirectamente) cualquier ganancia o beneficio.

 

(4) Las actividades están dentro de este apartado si:

(a) se llevan a cabo en Inglaterra o Gales, y

(b) constituyen un delito en Inglaterra y Gales castigable con condena por acusación con una pena de prisión de 7 años o más.

 

(5) Las actividades están dentro de este apartado si:

(a) se llevan a cabo fuera de Inglaterra y Gales,

(b) constituyen un delito bajo la ley vigente en el país donde se llevan a cabo, y

 

(c) constituirían un delito en Inglaterra y Gales de la clase mencionada en el apartado (4)(b) si las actividades se llevaran a cabo en Inglaterra y Gales.

 

Una persona culpable de un delito bajo esta sección es responsable, al ser condenada por acusación, de una pena de prisión no mayor de 5 años.

 

Una persona culpable de un delito bajo esta sección es responsable, al ser condenada por acusación, de una pena de prisión no mayor de 5 años.

Perfil del abogado Félix Fernández

Escrito por Félix Fernández

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