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ARCHIVADA LA CAUSA CONTRA NUESTRO CLIENTE POR ENVIAR DROGA A TRAVÉS DE PAQUETERÍA

Abogado penalista especialista en delito de tráfico de drogas

El Juzgado de Instrucción número 3 de Granada ha archivado la causa que se seguía contra nuestro cliente por enviar marihuana a Holanda y Bélgica a través de una empresa de paquetería.

El procedimiento se inició contra nuestro cliente cuando la Unidad de Drogas y Crimen Organizado de la Policía Nacional (UDYCO) lo detuvo al considerar que existían indicios de que estaba usando una vivienda de alquiler turístico para enviar periódicamente grandes cantidades de marihuana a la zona de los Países Bajos, en concreto Holanda y Bélgica, llegando a afirmarse que el mismo podría haber enviado cientos de kilos de cannabis a través de este tipo de operaciones.

Una vez que la Policía Nacional hizo un seguimiento de nuestro cliente y de los envíos realizados, procedió a interceptar un paquete, el cual contenía aproximadamente 5 kilos de marihuana envuelto en embutidos ibéricos para disimular el olor.

Frente a tales acusaciones, procedimos a asistir a nuestro cliente tras su detención, quedando inmediatamente en libertad por estos hechos. No obstante, se inició un proceso contra el mismo por un delito contra la salud pública, el cual viene castigado en el Código Penal con penas de prisión entre 1 y 3 años, por lo que sumado al hecho de que nuestro cliente tenía antecedentes por hechos similares, en caso de que hubiera resultado condenado habría supuesto su ingreso en prisión.

En su declaración, nuestro cliente manifestó que todo debía tratarse de un error, puesto que el mismo no había enviado ningún tipo de droga por paquetería y que nada tenía que ver con los hechos por los que lo venía acusando la Unidad contra el Crimen Organizado de la Policía Nacional.

Frente a tales acusaciones, nos pusimos a trabajar en la Defensa de nuestro cliente, solicitando como testigo al propietario del inmueble desde el que supuestamente se enviaba la droga, a la persona que lo gestionaba, al personal de limpieza y a todo el personal de la empresa de paquetería que participó en la recogida y tratamiento del paquete que contenía la droga.

De todas esas testificales que se practicaron, ni uno solo pudo reconocer a nuestro cliente como un inquilino de esa vivienda de alquiler turístico, ni como la persona que entregó el paquete al repartidor de la empresa de paquetería ni como la persona que hubiera enviado ningún tipo de droga a través de ningún paquete.

Por ello, frente a la falta de pruebas contundentes contra nuestro cliente que respaldaran las sospechas que pudiera tener la Policía Nacional, solicitamos el archivo de la causa por no existir indicios que permitieran concluir que nuestro cliente pudiera ser culpable de un delito contra la Salud Pública, a lo que se unió el Ministerio Fiscal por lo que el Juzgado de Instrucción número 3 de Granada procedió a acordar el sobreseimiento y archivo de la causa seguida contra nuestro cliente, ahorrándole de este modo una petición fiscal que podría haber llegado a los 3 años de prisión.

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