CONSEGUIMOS LA CONDENA POR EL DELITO DE ABUSOS SEXUALES A MENORES DE UN PADRE A SU HIJA
Abogado especialista en delitos sexuales
En esta causa en la que hemos ejercido la acusación particular, defendiendo los intereses de la menor y de su madre, hemos conseguido que la Audiencia Provincial de Granada condene a un padre por abusar sexualmente de su hija, de 4 años de edad, a la pena de 4 años y medio de prisión, una prohibición de aproximación y comunicación por un periodo de 9 años y la privación de la patria potestad durante 9 años.
En esta sentencia la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a esta persona por todos los hechos por los que le acusamos en nuestro escrito de acusación poniendo fin a un largo proceso que comenzamos en el año 2019.
Según el relato de hechos probados de la sentencia, el condenado, tras poner fin a la relación sentimental que le unía a nuestra cliente, abusó sexualmente de su hija durante las visitas de fin de semana que tenía la custodia de la menor, aprovechando que ambos estaban solos en el domicilio de los abuelos paternos.
Tras la denuncia que formuló la madre, la menor fue tratada inmediatamente por el S.A.V.A. (Servicio de asistencia a las víctimas en Andalucía) detectando en la menor una sintomatología relacionada con la vivencia sexual vivida, siendo atendida desde un equipo especializado desde que ocurrieron los hechos hasta la actualidad.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Granada lo condenó por un delito de cuatro años y medio de cárcel, la prohibición de aproximarse a sus hijas a una distancia no inferior a 200 metros y a comunicarse con ellas por un periodo de 9 años.
Igualmente, se recoge en la sentencia la imposición de libertad vigilada por un periodo de ocho años una vez finalice la pena privativa de libertad, la privación de la patria potestad e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad durante nueve años una vez finalice su pena de prisión.
También deberá indemnizar a la menor con 6.000 euros en concepto de daño moral sufrido.
Además de todo ello, cuando se le detuvo, se le intervino su teléfono móvil y se realizó un registro domiciliario en su vivienda en el que se le intervino todo el material informático que tenía.
Tras el pertinente análisis efectuado por el Grupo de delincuencia informática de la Guardia Civil, se descubrió que además de haber grabado tales abusos también poseía otro material pedófilo, por lo que paralelamente se inició otro proceso judicial penal contra él por un delito de tenencia, producción y distribución de pornografía infantil en el que igualmente ejercemos la acusación particular.
Una vez más, queda demostrada la necesidad de contar con un abogado penalista especialista en la materia que pueda ejercer la acusación particular y defender nuestros intereses, máxime en un tema tan complejo y delicado como es un abuso sexual.