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ABSUELTA DEL DELITO DE TRÁFICO DE DROGAS DEL QUE SE LE ACUSABA

El Juzgado de lo Penal número 3 de Granada ha absuelto a nuestra cliente del delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas y un delito de tenencia ilícita de armas por los que se le venían acusando.

El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de prisión de 4 años y medio por el delito de tráfico de drogas al considerar que los 21.810 gramos de marihuana que se habían encontrado en la vivienda colindante a la suya eran de su propiedad. 

Igualmente, consideraba que eran de su propiedad las 48 lámparas halógenas encontradas, los 6 aparatos de aire acondicionado y los 48 transformadores de potencia del fluido eléctrico.

También se le solicitaba 2 años de prisión por cada una de las dos armas largas que se encontraron en el registro domiciliario.

Durante la tramitación de la causa en todo momento alegamos que nuestra clienta nada tenía que ver con todo lo encontrado en el registro domiciliario, puesto que el hecho de que ella viviera en la vivienda colindante nada tenía que ver con que tuviera conocimiento de lo que se hiciera en la casa de al lado.

La Guardia Civil en ningún momento aportó informe de huellas o de ADN de la vivienda en la que se encontró la droga, por lo que no pudo acreditar en ningún momento que nuestra clienta tuviera conocimiento de la existencia de la plantación de cannabis, que tuviera relación con su mantenimiento o que fuera de su propiedad.

Por supuesto, tampoco se pudo acreditar que tuviera relación con las armas largas encontradas, puesto que no se realizó por parte de la Policía Científica ningún análisis de las mismas.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal retiró la acusación respecto a nuestra clienta, procediéndose por parte del Juzgado de lo Penal número 3 de Granada a dictar una sentencia absolutoria en favor de nuestra clienta por el delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas y el delito de tenencia ilícita de armas por el que se le venía acusando. 

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